👨‍👩‍👦 ¿Quién es un autónomo colaborador y cuándo interesa darse de alta como tal?

Tu pareja te ayuda con la facturación.

Tu hijo trabaja en tu tienda.

Tu hermana te lleva las redes.

📌 Si están contigo y no están contratados, podrías estar incurriendo en fraude laboral y fiscal.

Existe una figura legal para estos casos: el autónomo colaborador.

Pero cuidado: no todo vale y no todos los familiares pueden darse de alta así.

Tabla de contenidos

👥 ¿Qué es exactamente un autónomo colaborador?

Un autónomo colaborador es un familiar directo de un autónomo titular que trabaja con él de forma habitual, convive en el mismo domicilio y no tiene contrato laboral.

Cotiza en el RETA (como cualquier autónomo), pero no tiene actividad económica propia ni emite facturas.

✅ ¿Quién puede ser autónomo colaborador?

Pueden serlo:

  • Cónyuge o pareja de hecho

  • Hijos, padres, hermanos (primer grado)

  • Familiares hasta segundo grado (abuelos, nietos, cuñados)

Siempre que:

  • Convivan con el autónomo titular

  • Trabajen de forma habitual en su negocio

  • No estén dados de alta como trabajadores por cuenta ajena

📉 ¿Cuánto se paga y qué ventajas tiene?

l autónomo colaborador no tributa por módulos ni ingresos propios, solo cotiza por su base elegida.

Y puede beneficiarse de importantes reducciones en la cuota:

🟢 Bonificaciones activas en 2025:

  • 50 % de reducción en la cuota durante los primeros 18 meses

  • 25 % de reducción durante los siguientes 6 meses

💶 Ejemplo:

Base de cotización

Cuota sin bonificación

Cuota 50 % reducida

950 €

294 € aprox.

147 € aprox.

⚠️ Diferencias entre autónomo normal y colaborador

Concepto

Autónomo titular

Autónomo colaborador

Actividad propia

No

Factura a clientes

No

Declaración de IVA

No

IRPF propio

Sí (rendimiento del trabajo)

Bonificaciones nuevas

No (tarifa plana específica)

Sí (50 % + 25 %)

Contratable por el titular

No

No (relación familiar directa)

🧨 Errores comunes al registrar un colaborador

Error

Consecuencia

No registrar al familiar como colaborador

Inspección y posible sanción laboral

No cumplir con la convivencia real

Denegación del alta o revisión de oficio

Darse de alta como autónomo normal sin actividad propia

Pago de IVA innecesario y gestión errónea

¿Tu pareja, hijo o familiar trabaja contigo pero no está dado de alta como corresponde? ¿No sabes si puedes contratarlo o si conviene hacerlo como colaborador?

En Gestifis gestionamos todo el proceso de alta como autónomo colaborador y te asesoramos para cumplir con la ley sin pagar de más.

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🙋‍ PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué es un autónomo colaborador en España?

Es un familiar directo del autónomo titular que convive con él y trabaja en su negocio sin contrato laboral. Cotiza en el RETA pero no factura ni lleva actividad económica propia.

Cónyuge, pareja de hecho, hijos, padres, hermanos y hasta segundo grado de consanguinidad, siempre que convivan y colaboren habitualmente con el titular.

Depende de la base de cotización, pero durante los primeros 18 meses tiene un 50 % de bonificación. Luego, un 25 % hasta completar dos años.

No. No emite facturas ni tiene actividad económica propia. Su trabajo está integrado en el negocio del titular.