💥 ¿Puedo desgravar mi casa si trabajo desde ella? (Y en qué momento Hacienda empieza a sospechar)

Trabajas desde casa, usas tu salón como oficina, pagas internet, luz, incluso una parte del alquiler.

Y te preguntas: ¿puedo deducirme todo eso?

La respuesta rápida: sí, pero con matices que Hacienda no perdona.

Cada año hay inspecciones por deducciones mal hechas desde casa. Y lo peor: muchos asesores ni lo explican.

Este post va para ti, si trabajas desde casa y no quieres jugarte una paralela.

Tabla de contenidos

🏠 ¿Cuándo se considera que trabajas desde casa fiscalmente?

No vale con responder “sí, teletrabajo”. Hay diferencias clave:

Situación

¿Puedes deducir?

Comentario clave

Autónomo que ha declarado parte de su vivienda como local

✅ Sí

Siempre que conste en el modelo 036 y esté bien delimitado

Autónomo que trabaja desde casa sin haberlo notificado

⚠️ Parcialmente

Solo suministros, y en proporción estimada

Trabajador por cuenta ajena que teletrabaja

❌ No

Salvo que tu empresa te pague dietas o gastos por convenio

SL que tiene el domicilio social en casa del socio

⚠️ Riesgo fiscal

Si no hay contrato de alquiler o cesión, puede haber problema

 

 

💡 ¿Qué gastos puedes deducirte exactamente y cómo calcularlos?

Gasto

¿Es deducible?

Cómo se calcula

Internet y teléfono

Proporción afectada a la actividad (por ejemplo, 50%)

Suministros (luz, agua, gas)

30% sobre el % del uso afecto

Alquiler o hipoteca

⚠️ Parcialmente

Solo si declaraste uso profesional en el 036

Comunidad, IBI, seguros

⚠️ Solo en parte

Bajo condiciones específicas y con mucha cautela

 

📌 Ejemplo práctico:

Si usas el 25% de tu casa para trabajar:

→ podrás deducir el 30% de ese 25% en suministros.

Es decir: 100 € de luz → 25 € (25%) → 7,5 € (30% de 25%).

⛔ Lo que nunca debes deducirte (aunque te digan lo contrario)

❌ La televisión del salón (aunque “la uses para Zoom”).

❌ El sofá o la cama (aunque descanses en horario laboral).

❌ Reformas o mobiliario general no afecto 100%.

❌ El 100% de suministros sin justificar el uso profesional.

🏢 ¿Y si mi SL está domiciliada en mi casa?

Aquí entramos en zona gris:

  • Si el socio pone su domicilio como sede, debe haber un contrato de cesión de uso.

  • Si no lo hay, Hacienda puede considerar que el socio está usando su casa como sede “gratis”… pero también que la SL está pagando en negro.

🧾 Recomendación:

Haz un contrato simbólico de alquiler (aunque sea por 50 €/mes) y declara ese ingreso en la renta. La SL se lo podrá deducir como gasto, y el socio como ingreso de capital inmobiliario.

🔍 Qué hacer si ya has estado deduciendo mal

✅ Revisión rápida en 3 pasos:

  1. ¿Declaraste el uso profesional en el modelo 036?

  2. ¿Tienes documentos justificativos del % que usas de la casa?

  3. ¿Tus deducciones están por encima del 30–40% de suministros?

Si algo falla, estás a tiempo de regularizar voluntariamente.

⚠️ Ojo: Si Hacienda detecta fraude, puedes enfrentarte a:

  • Sanción del 15% al 50% de la deducción indebida.

  • Revisión de ejercicios anteriores (hasta 4 años).

  • Pérdida del derecho a deducción en ejercicios futuros.

🙋‍ PREGUNTAS FRECUENTES

¿Puedo deducir el alquiler si soy autónomo y trabajo desde casa?

Sí, pero solo en proporción a la parte de la vivienda que uses para la actividad y si está declarado en el modelo 036.

No. Hacienda asume que todo autónomo tiene también un uso personal. Lo habitual es deducir entre un 30% y un 70%, justificando.

La deducción debe calcularse solo sobre la parte que tú usas para tu actividad, y sobre los gastos que realmente pagues tú. Si todo está a nombre de otra persona, cuidado.

Puedes usar planos, contrato de alquiler con metros, fotos del espacio y una memoria explicativa. No es obligatorio… pero ayuda mucho si hay inspección.