🧾 Modelo 840 del IAE: quién tiene que presentarlo y cuándo estás obligado

Hay formularios que todo el mundo conoce (como el 036 o el 303),

y luego está el modelo 840.

Ese que Hacienda no siempre te avisa que tienes que presentar… pero si te toca y no lo haces, te sancionan.

👉 Este modelo está relacionado con el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), y aunque muchos autónomos están exentos, no todos se libran de presentarlo.

En esta guía te explicamos de forma clara:

  • Quién tiene que presentarlo

  • En qué plazos

  • Qué casillas hay que revisar

  • Y en qué casos puede ahorrarte problemas con la Agencia Tributaria

Tabla de contenidos

🧩 ¿Qué es el modelo 840 y para qué sirve?

El modelo 840 es la declaración censal que se utiliza para:

  • Darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

  • Comunicar modificaciones en la actividad

  • Notificar bajas en el IAE

👉 No es una autoliquidación de pago, es una declaración informativa que permite a Hacienda actualizar tu situación respecto al IAE.

🧾 ¿Quién tiene que presentar el modelo 840?

Están obligados a presentarlo:

  • Empresas con cifra de negocios superior al 1.000.000 € anuales

  • Personas jurídicas no exentas del IAE por su naturaleza

  • Entidades sin personalidad jurídica con esa misma facturación

  • Aquellos que dejan de estar exentos del IAE (por aumento de ingresos)

📌 Si eres autónomo o pyme y en 2024 superaste 1.000.000 € de facturación, debes darte de alta en 2025 mediante el modelo 840.

📅 ¿Cuándo se presenta el modelo 840?

Depende del motivo:

Motivo de la presentación

Plazo

Alta en el IAE

1 mes desde el inicio de actividad o desde superar el millón de €

Modificación de datos

1 mes desde que ocurra el cambio

Baja por cese de actividad

1 mes desde el cese

Alta por dejar de estar exento

Durante diciembre del año anterior

🖥️ ¿Cómo se presenta?

  • Se presenta de forma electrónica a través de la Sede de la AEAT.

  • Necesitas certificado digital o Cl@ve.

  • No requiere realizar un pago directamente, salvo que Hacienda lo indique (modelo 848 para liquidación).

📌 Aunque estés obligado al IAE, puedes tener cuota 0, según el epígrafe y ubicación.

⚠️ ¿Qué pasa si no lo presentas?

  • Hacienda puede darte de alta de oficio (con recargo y sin posibilidad de elegir epígrafe favorable)

  • Te pueden sancionar por incumplimiento censal

  • Puede haber incompatibilidades si luego pides licencias, subvenciones o ayudas

💡 Consejo: no esperes a que te llegue un requerimiento. Si tu facturación te obliga, regularízalo a tiempo.

👉 ¿Has superado el millón de euros de ingresos y nadie te ha avisado de esto? Muchos empresarios se enteran cuando ya es tarde.

🙋‍ PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué es el modelo 840 del IAE?

Es el formulario censal para declarar altas, bajas o modificaciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas ante Hacienda.

Las empresas y entidades que superen 1.000.000 € anuales de facturación, o que dejen de estar exentas del IAE, están obligadas a presentarlo.

En el plazo de un mes desde el alta, la modificación o el cese de actividad. Si dejas de estar exento, se presenta en diciembre del año anterior.

Solo si superan 1.000.000 € de facturación anual. En ese caso, están obligados como cualquier otra empresa.

Se presenta exclusivamente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

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