🧾 Modelo 840 del IAE: quién tiene que presentarlo y cuándo estás obligado

Hay formularios que todo el mundo conoce (como el 036 o el 303),
y luego está el modelo 840.
Ese que Hacienda no siempre te avisa que tienes que presentar… pero si te toca y no lo haces, te sancionan.
👉 Este modelo está relacionado con el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), y aunque muchos autónomos están exentos, no todos se libran de presentarlo.
En esta guía te explicamos de forma clara:
Quién tiene que presentarlo
En qué plazos
Qué casillas hay que revisar
Y en qué casos puede ahorrarte problemas con la Agencia Tributaria
Tabla de contenidos
🧩 ¿Qué es el modelo 840 y para qué sirve?
El modelo 840 es la declaración censal que se utiliza para:
Darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Comunicar modificaciones en la actividad
Notificar bajas en el IAE
👉 No es una autoliquidación de pago, es una declaración informativa que permite a Hacienda actualizar tu situación respecto al IAE.
🧾 ¿Quién tiene que presentar el modelo 840?
Están obligados a presentarlo:
Empresas con cifra de negocios superior al 1.000.000 € anuales
Personas jurídicas no exentas del IAE por su naturaleza
Entidades sin personalidad jurídica con esa misma facturación
Aquellos que dejan de estar exentos del IAE (por aumento de ingresos)
📌 Si eres autónomo o pyme y en 2024 superaste 1.000.000 € de facturación, debes darte de alta en 2025 mediante el modelo 840.
📅 ¿Cuándo se presenta el modelo 840?
Depende del motivo:
Motivo de la presentación | Plazo |
|---|---|
Alta en el IAE | 1 mes desde el inicio de actividad o desde superar el millón de € |
Modificación de datos | 1 mes desde que ocurra el cambio |
Baja por cese de actividad | 1 mes desde el cese |
Alta por dejar de estar exento | Durante diciembre del año anterior |
🖥️ ¿Cómo se presenta?
Se presenta de forma electrónica a través de la Sede de la AEAT.
Necesitas certificado digital o Cl@ve.
No requiere realizar un pago directamente, salvo que Hacienda lo indique (modelo 848 para liquidación).
📌 Aunque estés obligado al IAE, puedes tener cuota 0, según el epígrafe y ubicación.
⚠️ ¿Qué pasa si no lo presentas?
Hacienda puede darte de alta de oficio (con recargo y sin posibilidad de elegir epígrafe favorable)
Te pueden sancionar por incumplimiento censal
Puede haber incompatibilidades si luego pides licencias, subvenciones o ayudas
💡 Consejo: no esperes a que te llegue un requerimiento. Si tu facturación te obliga, regularízalo a tiempo.
👉 ¿Has superado el millón de euros de ingresos y nadie te ha avisado de esto? Muchos empresarios se enteran cuando ya es tarde.
🙋 PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué es el modelo 840 del IAE?
Es el formulario censal para declarar altas, bajas o modificaciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas ante Hacienda.
¿Quién tiene que presentar el modelo 840?
Las empresas y entidades que superen 1.000.000 € anuales de facturación, o que dejen de estar exentas del IAE, están obligadas a presentarlo.
¿Cuándo se presenta el modelo 840?
En el plazo de un mes desde el alta, la modificación o el cese de actividad. Si dejas de estar exento, se presenta en diciembre del año anterior.
¿Los autónomos tienen que presentar el modelo 840?
Solo si superan 1.000.000 € de facturación anual. En ese caso, están obligados como cualquier otra empresa.
¿Dónde se presenta el modelo 840?
Se presenta exclusivamente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
