👋 Me jubilo como autónomo, ¿tengo que indemnizar a mis trabajadores?

Después de 40 años levantando tu negocio…

📌 Te jubilas.

📌 Cierras la actividad.

📌 Y entonces te cae la última sorpresa de tu vida laboral:

Tienes que pagar indemnización a tus trabajadores.

Sí, incluso si es por jubilación.

Y si no lo haces bien, puedes acabar con una demanda o una inspección por despido improcedente.

👨‍⚖️ ¿Hay que indemnizar al trabajador si el autónomo se jubila?

Sí. Aunque el motivo de la extinción sea legal (tu jubilación), el trabajador tiene derecho a una indemnización.

La ley considera que tu jubilación no exime de la obligación de compensar al empleado, salvo excepciones muy concretas.

💸 ¿Cuánto hay que pagar de indemnización?

La indemnización es de 1 mes de salario, salvo que el convenio colectivo diga lo contrario.

No es como un despido improcedente, que implicaría 33 días por año trabajado.

Situación

Indemnización obligatoria

Jubilación del autónomo

1 mensualidad de salario

Despido improcedente

33 días por año trabajado

Cierre sin justificar causa

20 días/año o demanda segura

✅ ¿Y si vendo o cedo el negocio a otra persona?

En ese caso NO extingues los contratos, por lo que no debes indemnizar a los trabajadores.

Simplemente pasa a haber una subrogación del empleador: los trabajadores siguen con el nuevo titular.

⚠️ Errores frecuentes al cerrar por jubilación

Error

Consecuencia legal

No indemnizar a los empleados

Denuncia por despido improcedente

No entregar carta de extinción

Pérdida de pruebas ante Inspección o juicio

Dar de baja sin finiquito ni indemnización

Multa de la Seguridad Social + recargos

Pensar que al ser autónomo no aplica indemnización

Infracción grave. La ley lo exige igual

🧠 ¿Y si solo voy a hacer una factura puntual?

Es una situación muy común. Legalmente:

  • Si esa factura es por una actividad profesional, debes darte de alta.

  • No existe una excepción por “solo una vez”.

  • Sí puedes darte de alta solo ese mes y darte de baja justo después, si lo haces correctamente.

¿Estás pensando en jubilarte y no sabes cómo cerrar tu negocio correctamente? ¿Tienes trabajadores y no quieres meterte en líos legales?

En Gestifis te gestionamos el cierre completo del negocio, la extinción de contratos y la tramitación de tu jubilación paso a paso.

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🙋‍ PREGUNTAS FRECUENTES

¿Tengo que pagar indemnización si me jubilo como autónomo?

Sí. Los trabajadores tienen derecho a una indemnización de 1 mensualidad de salario, salvo que el convenio indique otra cantidad.

Debes comunicar la extinción de contrato, liquidar el finiquito y abonar la indemnización. Si no lo haces, pueden demandarte.

No. Si hay continuidad del negocio con otro titular, los trabajadores se subrogan automáticamente y no corresponde indemnización.

1 mensualidad del salario bruto del trabajador, salvo que el convenio colectivo mejore esa cantidad.