Fiscalidad del teletrabajo internacional: vive fuera, trabaja para España

Cada vez más profesionales se trasladan a vivir al extranjero mientras mantienen una actividad laboral o profesional vinculada a España. Pero este modelo de vida global plantea una pregunta clave: ¿Dónde tengo que pagar impuestos si vivo fuera pero trabajo para España?

En 2025, la Agencia Tributaria ha reforzado los criterios de residencia fiscal y los convenios internacionales para evitar la doble imposición. En esta guía te explicamos cuándo sigues siendo residente fiscal en España, qué impuestos debes pagar y cómo tributan tus ingresos si vives en otro país.

Tabla de contenidos

🌐 ¿Cuándo se considera que vives fiscalmente en España?

La residencia fiscal no depende solo de dónde vivas físicamente, sino de varios criterios clave recogidos en el artículo 9 de la Ley del IRPF:

Criterio

Consecuencia fiscal

Permanencia más de 183 días en España

Eres residente fiscal y tributas por tu renta mundial

Núcleo principal de actividad o intereses en España

También eres residente fiscal

Cónyuge e hijos menores residen en España

Se presume residencia, salvo prueba en contra

💼 Tipos de teletrabajadores en el extranjero: diferencias fiscales

Situación

Residencia fiscal habitual

Tributación IRPF

Español que se muda fuera y sigue trabajando para España

Puede seguir en España

Tributa por toda su renta mundial

Español que se muda + vive más de 183 días fuera

No residente

Solo tributa por rentas obtenidas en España

Extranjero viviendo fuera y prestando servicios a España

No residente

Tributación según país de residencia

Ejemplo práctico

Javier vive en México desde enero de 2025 y trabaja como freelance para empresas españolas.

➡ Si demuestra residencia fiscal en México, ya no debe tributar IRPF en España, salvo por rentas generadas en territorio español.

🧾 Qué modelos debes presentar si dejas de ser residente fiscal en España

  1. Modelo 030: para comunicar cambio de domicilio fiscal al extranjero.

  2. Modelo 100 (último IRPF): se presenta el año siguiente a tu marcha.

  3. Modelo 210: si sigues obteniendo rentas en España como no residente (alquiler, dividendos…).

📊 Convenios para evitar la doble imposición (CDI)

España tiene más de 100 convenios con otros países para evitar que una persona tribute dos veces por la misma renta. Los aspectos clave son:

  • Cada convenio define cuál es el país que puede gravar cada tipo de renta.

  • Dan prioridad a la residencia fiscal, no al país del pagador.

  • Si tributas fuera, puedes aplicar exenciones o deducciones en España si te exigen tributar también aquí.

💻 Si eres autónomo y teletrabajas desde el extranjero: claves

Si estás dado de alta como autónomo en España pero vives fuera:

  • Sigues tributando por IRPF, IVA, y cotizando a la Seguridad Social española.

  • Puedes seguir presentando los modelos 130, 303, 390 y 347.

  • Puedes aplicar deducciones por gastos afectos aunque estés fuera.

Pero si dejas de ser residente fiscal en España:

  • Debes darte de baja en Hacienda (modelo 036).

  • Ya no estás obligado a tributar por tus ingresos mundiales en España.

  • Debes analizar si tienes que darte de alta como autónomo en tu nuevo país.

🏢 ¿Y si trabajas por cuenta ajena para una empresa española desde otro país?

Depende del acuerdo entre el trabajador y la empresa:

  • Si trabajas por cuenta ajena desde fuera, puedes quedar sujeto a la legislación laboral y fiscal del país donde resides, salvo que te mantengas como desplazado.

  • Si trabajas remotamente sin contrato de expatriación, es probable que debas cotizar en el país de residencia y la empresa no tenga obligación de retener IRPF.

🛂 Casos en los que puedes seguir tributando en España aunque vivas fuera

  • Si mantienes tu vivienda habitual y familia en España.

  • Si no te registras fiscalmente en otro país.

  • Si sigues trabajando para una empresa española sin contrato en destino.

  • Si estás desplazado menos de 183 días por motivos laborales.

¡Ojo! Incluso viviendo fuera, puedes seguir siendo residente fiscal en España y tener que declarar todo lo que ingreses fuera también aquí.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Si vivo 7 meses al año fuera, tengo que hacer la renta en España?

Depende de si superas los 183 días fuera y si tienes vínculos personales o económicos en España.

Sí, si acreditas tu residencia fiscal allí y no tienes establecimiento permanente en España.

Hacienda puede considerarte residente fiscal y reclamarte todos los impuestos no presentados más recargos.