Fiscalidad de las cooperativas de viviendas

Las cooperativas de viviendas siguen siendo una opción atractiva en 2025 para quienes buscan acceder a una vivienda a precio más competitivo. Pero no todo es tan sencillo: existen implicaciones fiscales que deben conocerse desde el inicio del proceso.
Tabla de contenidos
🏠 ¿Qué es una cooperativa de vivienda?
Forma jurídica sin ánimo de lucro en la que los socios se agrupan para construir sus propias viviendas.
El socio paga aportaciones periódicas y, al final, recibe el piso.
No hay compra como tal, sino adjudicación.
💰 Tributación durante la construcc
Las aportaciones periódicas no tributan en IRPF mientras no se adjudique la vivienda.
No generan rentabilidad ni rendimiento del capital mobiliario.
Una vez adjudicada, sí se considera adquisición y puede conllevar impuestos.
🧾 Impuestos al recibir la vivienda
Una vez finalizada la construcción y adjudicada la vivienda al socio, esta operación tiene implicaciones fiscales que no deben pasarse por alto. Aquí te lo resumimos:
Tipo de impuesto | Vivienda nueva | Vivienda protegida (VPO) |
---|---|---|
IVA | 10 % sobre el coste de construcción | 4 % o 10 %, según régimen aplicable |
AJD (Actos Jurídicos Documentados) | 0,5 % a 1,5 %, según la CCAA | Puede tener bonificación o exención parcial |
IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) | Desde la fecha de adjudicación | Desde la fecha de adjudicación |
ITP (si la vivienda es usada) | No aplica | No aplica |
📋 Deducciones aplicables
Si es primera vivienda habitual, puedes deducir intereses de hipoteca (solo si adquiriste antes de 2013 o si la CCAA lo permite).
Algunas CCAA permiten deducciones específicas por acceso a vivienda protegida.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Puedo desgravar las cuotas que pago a la cooperativa?
Solo si la adjudicación ha tenido lugar y cumples requisitos de deducción por vivienda.
¿Qué pasa si abandono la cooperativa antes de recibir la vivienda?
Depende del estatuto, pero en principio no tributas por IRPF salvo que recibas intereses por devolución.