⚖️ ¿Cómo funciona el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en 2025? Exenciones, tramos y bonificaciones por comunidad autónoma

Recibes una herencia de tus padres…

O te donan 50.000 € para comprarte tu primera vivienda…

📌 ¿Lo tienes que declarar? Sí.

📌 ¿Tienes que pagar impuestos? Depende.

📌 ¿Dónde vivas cambia cuánto pagarás? Totalmente.

Si no entiendes cómo funciona el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en 2025, puedes acabar pagando de más, fuera de plazo o perdiendo bonificaciones clave.

Aquí te explicamos cómo funciona este impuesto, qué exenciones hay, cómo calcularlo y cómo presentarlo según tu comunidad autónoma.

Tabla de contenidos

🧾 ¿Qué es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y a quién afecta?

Este impuesto grava:

  • Herencias: cuando recibes bienes o derechos de alguien fallecido.

  • Donaciones: cuando recibes dinero o bienes en vida, sin contraprestación.

📌 Afecta a personas físicas, no a empresas.

📌 El obligado a pagarlo siempre es quien recibe, no quien entrega.

📊 Tramos estatales del ISD en 2025

Base imponible (€)

Tipo aplicable (%)

Hasta 7.993,46

7,65 %

7.993,47 – 31.956,87

10,20 %

31.956,88 – 79.881,95

15,30 %

79.881,96 – 239.389,13

21,25 %

239.389,14 – 398.777,54

25,50 %

398.777,55 – 797.555,08

29,75 %

Más de 797.555,08

34,00 %

 

🌍 Bonificaciones por comunidad autónoma 

Comunidad

Herencias padres-hijos

Donaciones padres-hijos

Madrid

99 % bonificado

99 % bonificado

Andalucía

99 % bonificado

99 % bonificado (hasta 150.000 €)

Cataluña

Reducción fija + coeficiente

Bonificación parcial solo jóvenes

Com. Valenciana

Bonificación parcial según tramos

Solo donaciones para vivienda habitual

Galicia

Exentos hasta 1 M € entre directos

Bonificación hasta 50 %

Castilla y León

Bonificación progresiva

Solo aplicable a descendientes

Baleares

99 % en herencias < 700.000 €

Reducción para vivienda habitual

💡 Ejemplos prácticos

A) Herencia en Madrid (2025)

  • María recibe 150.000 € de su madre fallecida.

  • En Madrid, bonificación del 99 % si es hija → solo paga 1.500 € aprox.

B) Donación en Andalucía

  • Pablo recibe 100.000 € de su padre en vida.

  • Como es en línea directa y menor de 35, aplica bonificación del 99 % → tributa solo 1.000 €

C) Herencia en Cataluña

  • Javier hereda 200.000 € de su padre.

  • No hay bonificación del 99 %. Solo reducción base + tipos reales → pagará más de 25.000 € si no lo planifica bien.

⛔️ Errores frecuentes que debes evitar

Error

Consecuencia

No declarar la donación

Sanción + recargo + intereses

No aplicar la bonificación autonómica

Pagas más de lo necesario

No tasar bien los bienes heredados

Cuota inflada por valoración errónea

Presentarlo fuera de plazo (6 meses)

Recargo del 5 % al 20 % + intereses

Heredar en comunidad distinta a la del fallecido

Cambia normativa aplicable → pago erróneo

📌 ¿Qué debes presentar y cómo?

  • Modelo 650: para herencias.

  • Modelo 651: para donaciones.

  • Acompañado de:

    • Certificado de defunción

    • Testamento o acta de declaración de herederos

    • Escrituras o documentos bancarios

    • Tasaciones o comprobantes del valor de mercado

    • Justificantes de relación familiar (libro de familia, etc.)

¿Has recibido una herencia o una donación y no sabes por dónde empezar?

Te ayudamos a calcular la cuota exacta, aplicar las bonificaciones autonómicas y presentar el modelo sin errores. Escríbenos y lo hacemos por ti.

🙋‍ PREGUNTAS FRECUENTES

¿Cuánto se paga por una herencia entre padres e hijos en 2025?

Depende de la comunidad autónoma. En Madrid o Andalucía puedes pagar casi 0 € gracias a la bonificación del 99 %, pero en Cataluña o Comunidad Valenciana puedes pagar entre un 5 % y un 20 % del valor heredado.

Sí. Aunque haya exención parcial si es para primera vivienda habitual, debes presentar el modelo 651 y acreditar el destino. Si no lo haces, perderás la bonificación y tendrás sanciones.

El plazo general es de 6 meses desde la fecha del fallecimiento. Puede solicitarse una prórroga en los 5 primeros meses si aún no tienes la documentación completa.

Modelo 650, testamento o acta de herederos, escritura de adjudicación, justificantes bancarios, relación familiar y tasación de bienes si los hay. Algunos trámites requieren certificado digital.